(2014-02-02) Campaña por la Sanidad Pública

Desde hace décadas es recurrente el discurso de que el sistema sanitario público es insostenible e, incluso, de que hay un abuso en su utilización por parte de los usuarios. Sobre esta suposición se han ido aplicando una serie de medidas, todas ellas incluidas en el “Informe sobre el Análisis y Mejora de Gestión del Sistema de Salud” de 19911, que han ido desde la introducción de modelos de gestión empresarial y de empresas privadas con ánimo de lucro en el sistema público de salud, a todo tipo de recortes e infrafinanciación del sistema público, pasando por la aplicación de copagos/repagos, …….., medidas todas ellas que, dado el tiempo transcurrido, se puede afirmar claramente que no han alcanzado los objetivos que decían perseguir.

Con más de dos décadas aplicando modelos de gestión privada en el sistema público de salud, no hay evidencia científica de que dicho modelo sea ni más barato ni logre mejores resultados en cuanto a calidad sanitaria. La inexistencia en el estado español de normas como las que existen en otros países de nuestro entorno, tipo “ley de libertad de información”, que obligue a las Administraciones a publicar tanto los datos desagregados de gasto como los relativos a la calidad asistencial y a los resultados, posibilita que se siga difundiendo la falsa idea de que lo privado es más eficiente que la “gestión directa pública”, cuando centenares de estudios internacionales demuestran que las tasas de mortalidad y los costes son superiores en los centros con ánimo de lucro respecto a los que no lo tienen.

Por otra parte, la Ley 14/1986 General de Sanidad, en su artículo 90, posibilitaba que las Administraciones Sanitarias pudieran “establecer conciertos para la prestación de servicios sanitarios con medios ajenos a ellas”, con carácter complementario. Sin embargo, durante estas décadas, dicho artículo ha servido para que el sector privado parasite al sistema público de salud ya que, en esencia, la supuesta complementariedad ha servido para derivar hacia el sector privado los procesos y pacientes rentables, que podrían haber sido atendidos en el sistema público de salud si éste hubiera sido potenciado, lo que precisamente hubiera incrementado la eficiencia del sector público.

Además se han introducido, en función de los intereses de la gestión privada de la sanidad, supuestos criterios de evaluación de la calidad basados en la actividad. Estos indicadores otorgan prioridad absoluta al ahorro (altas precoces, disminución de derivaciones, menor consumo de procedimientos diagnósticos, etc.), y obvian indicadores clave como la pertinencia o no de determinado procedimiento – sobre todo la cirugía -, los reingresos a consecuencia de altas precoces, la incidencia y prevalencia de determinadas enfermedades o, sobre todo, el grado de adecuación de los procedimientos a la consecución de objetivos de salud.

En la actualidad y en lo relativo a la financiación, el gasto sanitario en el estado español es de unos 600 € menos por habitante que la media de la UE. No parece que la reducción aún mayor del gasto sanitario sea aceptable sino que deberíamos de caminar hacia incrementos sustanciales del gasto sanitario público en correspondencia con el incremento de las necesidades de salud, intensificadas en momentos de crisis económica.

La introducción de repagos para presionar sobre la supuesta elevada demanda de la población no es la solución, ya que es de sobra conocido que son los profesionales los que deciden el gasto sanitario y no los pacientes; por otra parte, los datos internacionales demuestran que estamos por debajo del consumo medio de la mayor parte de recursos sanitarios que más gasto ocasionan, como son los ingresos hospitalarios. La exclusión de la atención sanitaria integral de la población inmigrante “irregular”, lejos de conllevar un ahorro en el sistema, puede suponer un gasto aún mayor a medio plazo, aparte de romper con un principio básico de nuestro sistema: el de la universalidad de la atención.

Los elevadísimos niveles de paro y el recorte de los programas de protección social llevados a cabo en los últimos años, unidos a las medidas citadas anteriormente que, lejos de garantizar el mantenimiento de un sistema sanitario universal, accesible y de calidad, están produciendo justo lo contrario, es decir, su deterioro y el aumento de la ineficiencia por la privatización de las partes rentables. Están creando las bases para el incremento de las desigualdades sociales, de la pobreza y, como es lógico y con toda seguridad, de la mortalidad y la morbilidad entre los sectores de población más débiles – como son los trabajadores, los sectores que han caído en la exclusión social y los inmigrantes “sin papeles”-, a la vez que están sirviendo para que grupos empresariales multinacionales se estén haciendo con partes cada vez mayores de la prestación sanitaria pública del sistema público de salud.

En un entorno como el actual de envejecimiento de la población, de incremento del peso de las patologías crónicas y necesidades, y procesos cambiantes, es incuestionable que la “gestión directa pública” debe de democratizarse para acercarse realmente a la población y, por tanto, es necesario realizar cambios en el sistema sanitario. Sin embargo, las medidas que se deberían tomar no son las dirigidas a traspasar a la iniciativa privada la prestación sanitaria pública, medidas que se han ido realizando en prácticamente todas las comunidades autónomas, con gobiernos de diferentes partidos políticos y que ya han demostrado para lo que sirven.

La calidad y la eficiencia del sistema público de salud deben medirse en función de su impacto en la mejora del estado de salud de la población y de su grado de incidencia sobre los principales problemas de salud y sus determinantes. Para ello, es imprescindible la participación real de la población en la gestión, la planificación del sistema público en función de la consecución de objetivos de salud y la actuación sobre los problemas de salud y sus determinantes; es decir, sobre las condiciones de vida, vivienda, consumo, medio ambiente, y por supuesto sobre los “productores de enfermedad”.

En el campo de los medicamentos, es evidente que la industria farmacéutica prioriza las investigaciones y la producción en función de los beneficios económicos que espera alcanzar, de forma que hay patologías que, al no ser consideradas “rentables”, no reciben la investigación necesaria o no se fabrican los medicamentos para tratarlas. También hay un importante número de medicamentos innecesarios, mientras que existe otra línea de negocio dirigida a medicalizar determinados procesos de la vida convirtiéndolos en patologías, para inducir al consumo masivo de tecnología y/o fármacos, como sucede, por ejemplo, en salud mental. En la misma línea, los propios poderes públicos han promovido entre la población el consumo indiscriminado de pruebas y actividades sanitarias, algunas innecesarias.

Esta campaña tiene por objetivo implicar a la población y a los trabajadores de la salud en la defensa y mejora del sistema público para garantizar la atención sanitaria de calidad basada tanto en la promoción de la salud y la prevención como en la curación y rehabilitación de la enfermedad en igualdad de condiciones para todos, utilizando adecuadamente los recursos, creando empleo de calidad, actuando sobre los determinantes de la enfermedad, y todo ello a través de un sistema sanitario público, universal, sin repagos y gestionado democráticamente.

Contenido de la campaña
La campaña consta, además de una definición de lo que entendemos como las funciones y objetivos irrenunciables de un sistema público de salud, de los siguientes apartados:
1. Universalidad.
2. Gestión.
3. Aprovechamiento de los recursos del sistema.
4. Planificación sanitaria, transparencia y gestión democráticas y participativas.
5. Cartera de servicios. Igualdad en el acceso y gasto sanitario.
6. Política del medicamento y accesibilidad a los mismos.
7. Memoria económica.

Funciones y objetivos irrenunciables de un sistema público de salud.
a) Entendemos que un sistema público de salud debe tener como ejes esenciales la promoción de la salud, la prevención y la curación de la enfermedad, la rehabilitación, la integración de los diferentes niveles asistenciales, y la cooperación con otros sistemas sociales, laborales, económicos y culturales, para la consecución de su objetivo prioritario: proteger y mejorar del estado de salud de la población.
b) Todos los aspectos relativos a la salud de las trabajadoras y de los trabajadores deben ser, prioritariamente, competencia del sistema público de salud, que contará con la participación decisiva de éstos. Los órganos del sistema público de salud, a cada nivel, tienen autoridad para intervenir sobre las condiciones de trabajo para preservar la salud de los mismos.

1. Universalidad.
Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todas las personas que vivan en el estado español, independientemente de su situación laboral o administrativa.

2. Gestión.
1. En el ámbito del sistema público de salud, la prestación sanitaria se realizará exclusivamente mediante medios propios, en centros de titularidad y propiedad públicas, excluyendo todos aquellos centros de titularidad o propiedad privadas, tanto si se trata de empresas con o sin ánimo de lucro. Se entenderán como empresas los consorcios, las empresas “públicas” de gestión privada así como las denominadas unidades de gestión o sociedades profesionales con entidad jurídica propia.
2. Todos los centros del sistema público de salud deberán de someterse al Derecho Público.
3. Cualquier infraestructura socio-sanitaria construida con fondos públicos no podrá ser objeto de venta, enajenación o cesión a empresas privadas de ningún tipo.
4. Todas/os las/os trabajadoras/es que presten sus servicios en un hospital, centro de salud o cualquier otro tipo de instalación sanitaria de titularidad pública, sea cual fuere su labor, serán consideradas/os personal sanitario y tendrán la condición de trabajadores/as dependientes del sistema público y sin intervención de empresas concesionarias. Se introducirán mecanismos legales y/o reglamentarios con el fin de que el sistema público absorba a las/os trabajadoras/es actualmente “externalizadas/os” en empresas privadas.
5. En el plazo de un año, y tras la elaboración de un estudio de necesidades de recursos asistenciales sanitarios en las diferentes comunidades autónomas, se establecerá qué centros, de los privatizados con anterioridad serán considerados necesarios para la atención sanitaria del sistema público de salud, en cuyo caso serán rescatados e integrados en la red pública, mientras que aquéllos que no sean necesarios serán objeto de la rescisión de los contratos en vigor.
6. El sistema público determinará el número de profesionales a formar necesarios para proteger y elevar el estado de salud de la población, tanto por sectores como por especialidades.
7. Desde el sistema público se identificarán las investigaciones biomédicas y sociales más necesarias, las cuales deberán ser realizadas dentro del mismo sistema u otros organismos también públicos.

3. Aprovechamiento de los recursos del sistema.
1. Los Servicios de Salud de las CC.AA. estarán obligados a optimizar y utilizar al 100% sus instalaciones sanitarias públicas (quirófanos, camas, medios diagnósticos…), para lo que se incrementarán las plantillas y se reorganizará la atención, creando los turnos necesarios para el personal médico y todas aquellas otras categorías que sean necesarias.
2. La formación médica y del resto del personal sanitario en todos sus niveles (pre- y postgrado, especializada,…) se desarrollará íntegramente en instituciones docentes y sanitarias de titularidad y gestión públicas, sin la intervención de ente privado alguno.
3. El trabajo del personal facultativo de los Servicios de Salud de las CC.AA. será incompatible con su desempeño asalariado en la sanidad privada, así como mantener cualquier tipo de relación mercantil con ella.
4. Todas y todos los trabajadores del sistema público de salud tendrán salarios y condiciones de trabajo dignas que, en ningún caso, tendrán vinculación con medidas de ahorro.

4. Planificación sanitaria, transparencia y gestión democráticas y participativas.
1. La gestión del sistema público de salud a todos los niveles deberá realizarse contando con la participación con carácter decisorio en sus órganos de gestión de personas elegidas directamente tanto por la población a tal fin como de los trabajadores de los servicios sanitarios. Paralelamente, se procederá a una reducción de los puestos directivos.
2. Serán de libre acceso los informes económicos de gasto ejecutado de cada centro sanitario del sistema público de salud, servicio autonómico y los de actividad sanitaria asistencial con la máxima desagregación funcional.
3. El sistema público de salud, a todos los niveles territoriales incluidos los centros sanitarios, planificarán sus recursos, funcionamiento y actividades en función de los objetivos de salud definidos a partir del estado de salud de la población, con la participación de los Consejos de Salud.

5. Cartera de servicios. Igualdad en el acceso y gasto sanitario.
1. La equidad es la base de un servicio público. Todos las personas, independientemente de la comunidad autónoma en la que tengan fijada su residencia, tendrán garantizados los mismos tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas y consultas.
2. Todas las prestaciones actuales cuya evidencia científica así lo indique serán básicas en todos los territorios del estado, ampliándose el actual catálogo de prestaciones a la asistencia odontológica, la rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental grave dentro del sector público, la podología y las prótesis auditivas, visuales dentales.
3. Se despenalizará el aborto en todos los casos y supuestos y se promoverá una atención integral de la salud reproductiva de las mujeres garantizando la asistencia de la interrupción voluntaria del embarazo dentro de la red sanitaria pública durante todo el proceso.
4. Los nuevos medios diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y paliativos de probada eficacia serán incorporados de manera automática como prestaciones del sistema público de salud. Para ello se creara un organismo público destinado a evaluar los medios citados en uso o los nuevos.
5. El sistema público promoverá los medios necesarios para facilitar una muerte digna dentro del sistema público de salud. Se despenalizará la eutanasia como derecho individual.
6. Ningún aseguramiento privado dará preferencia de acceso o atención en el sistema público de salud.
7. La atención sanitaria en materia de salud laboral y accidentes de trabajo así como el control de las incapacidades temporales, se llevarán a cabo en el sistema público de salud, que se encargará de facturar a las empresas correspondientes el gasto realizado.

6. Política del medicamento y accesibilidad a los mismos
1. La disponibilidad de medicamentos y su correspondiente Registro en el ámbito del sistema público de salud estarán sometidos a la planificación general.
2. Se dotará al sistema público de salud de una industria farmacéutica de titularidad y gestión públicas, capaz de fabricar los medicamentos esenciales definidos por la OMS2, así como de desarrollar nuevos fármacos y productos sanitarios tanto mediante investigación propia como en colaboración con las Universidades Públicas y Organismos Públicos de Investigación.
3. El resto de medicamentos de amplia utilización en el sistema público de salud, se adquirirán de forma centralizada por un servicio central de compras.
4. Los medicamentos serán dispensados directamente a los pacientes en los centros sanitarios públicos, en las dosis necesarias y bajo control de personal de farmacia.
4. En el plazo de un año, el Ministerio de Sanidad eliminará del Registro todos aquellos medicamentos y productos sanitarios que no ofrezcan ventajas esenciales desde el punto de vista terapéutico sobre otros de inferior coste.
5. Los medicamentos del Registro serán completamente financiados por el sistema público de salud para toda la población.
6. Publicidad. No se podrá realizar ningún tipo de publicidad sobre medicamentos. Quedará prohibida cualquier actividad comercial por parte de los laboratorios farmacéuticos hacia el personal facultativo, así como la financiación por parte de los mismos de congresos y ensayos clínicos. Debe prohibirse asimismo la financiación de Asociaciones de Pacientes por las industrias farmacéutica, alimentaria y/o de tecnologías sanitarias.
7. Toda la formación continuada de los trabajadores del sistema público de salud será responsabilidad del propio sistema y, en ningún caso, de la industria privada farmacéutica o de tecnologías sanitarias.

7. Memoria económica.
La financiación suficiente del sistema público de salud es perfectamente posible. Su realización es exclusivamente un asunto de voluntad política y, en último término, de correlación de fuerzas en el marco de la lucha de clases.
Las decisiones adoptadas por los gobiernos del PSOE y del PP se han concretado en la transferencia masiva de fondos públicos a las empresas privadas y, prioritariamente, a la gran banca.
Cerca de 200.000 millones de euros de dinero público (el 20% del PIB) se han puesto a disposición de la banca, y han ido a engrosar una deuda pública que ha pasado en los últimos años del 35% del PIB en 2007 a casi el 100% en este año.
En agosto de 2011, a propuesta del gobierno del PSOE y con el apoyo del PP y UPN, se reformó la Constitución añadiendo un nuevo artículo 135 que establece la prioridad absoluta del pago de la deuda y de sus intereses por encima de cualquier otra partida de gasto. Las cantidades pagadas por el Estado por estos dos conceptos en 2013 ascienden a 190.000 millones de euros, cerca del 20% del PIB y casi el triple de lo que cuesta la sanidad de todo el Estado.
En 2012, el parlamento español ratifica el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria (TSCG) y aprueba la Ley Orgánica 2/2012. Ambas normas desarrollan el citado artículo 135 de la CE y establecen mecanismos draconianos para que todas las administraciones públicas (ayuntamientos, CC.AA, Estado y Seguridad Social) cumplan los objetivos del déficit estructural cero y el tope de deuda del 60% en 2020. Ello supone, en un escenario de caída de ingresos de todas las administraciones, recortes del gasto en servicios públicos de más de 500.000 millones de euros. En el caso de incumplimiento, la Ley prevé la disolución de los ayuntamientos y la intervención de las CC.AA.
En cuanto a los ingresos fiscales del Estado, los gobiernos centrales tanto del PSOE como del PP han conducido a una situación escandalosa de fraude fiscal, de evasión de capitales y de reducción sistemática de la tributación de las rentas del capital.
Los datos más significativos son los siguientes:
El fraude fiscal es de más de 80.000 millones €/año, superior al coste anual de la sanidad pública en todo el Estado, y proviene muy mayoritariamente de la banca, las grandes empresas y las mayores fortunas.
Si la burguesía financiera e industrial tributara al mismo nivel que el resto de la población, el Estado ingresaría anualmente 300.000 millones de euros más3. Las SICAV (Sociedades de Inversión de Capital Variable) tributan al 1%, y las rentas del capital tributan en promedio el 10%, mientras las rentas del trabajo lo hacen en promedio entre el 28 y el 32%.
Se calcula que la cantidad de dinero acumulada en paraísos fiscales procedente de empresas y particulares del Estado español se acerca al monto total de la deuda: el 100 % del PIB (un billón de €). El 91% de las empresas que cotizan en el IBEX 35 tienen su dinero en paraísos fiscales4.
Desde 1991, los gobiernos del PSOE y del PP han ido aplicando reformas fiscales que disminuyen la tributación de las rentas del capital. En 2012, las rentas del trabajo suponían el 80,5% del IRPF5 cuando se considera que un sistema fiscal es progresivo en la medida que las rentas del capital tributan más.
Un buen ejemplo de los objetivos reales del expolio de lo público: en el año 2011 el Estado gastó en incentivar las pensiones privadas más, es decir eximirlas de impuestos, de 1.700 millones de euros, bastante más de lo que se ahorra no revalorizando las pensiones públicas6.
Los datos expuestos son suficientemente explícitos acerca de la carencia absoluta de fundamentos para aplicar recortes a los servicios públicos.
La propuesta de sanidad pública que se realiza es completamente viable económicamente a la vista de estos datos. El incremento inicial del gasto que se propone producirá, a medio plazo, un ahorro real, tanto por el recorte del gasto dirigido en estos momentos a financiar los centros privados como por el ahorro en la partida del gasto farmacéutico que hoy, de forma absolutamente injustificada, supone el 25% del gasto total.
Conseguir un sistema público de salud eficiente, solidario y de calidad no es un problema económico. Es un asunto de voluntad política sustentada en una correlación de fuerzas favorable a los intereses de la población y no a las finanzas y al capital”.
Los presentes objetivos requieren la siguientes actuaciones normativas:
Derogación de la Ley 15/97, de “Nuevas Formas de Gestión en el SNS”.
Derogación del Real Decreto-ley 16/2012.
Derogación del artículo 135 de la Constitución Española.
Derogación de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Desligarse del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria (TSCG).